miércoles, 30 de mayo de 2012

30 años del Golp'e Militar: La memoria no olvida, la justicia avanza




Lima, 30 de marzo del 2006

Han pasado 30 años del golpe militar en Argentina. El saldo de la dictadura es de 30 mil desaparecidos y millones de familias resquebrajadas por el dolor y el horror. La semana pasada, miles de argentinos recorrieron las calles para recordar a las víctimas. La memoria no se borra, continúa en el tiempo. En una gran manifestación en la Plaza de Mayo, otra vez se exigió verdad y justicia. Y otra vez también se hicieron las preguntas de siempre, aquellas que aún aguardan respuesta: ¿dónde están los desaparecidos?, ¿cuándo sabremos lo que pasó?, ¿qué sucedió con la justicia?, ¿cuántos represores están en las cárceles?, ¿reconciliación sin justicia?

“Ni olvido ni perdón” es la frase que repica en la memoria mientras la justicia no llega del todo y para todos. Después de 30 años del golpe militar, ¿cuál es el balance? Es innegable que existen avances, pero éstos son insuficientes. De un lado, los indultos, las amnistías y los perdones a los violadores de derechos humanos han sido una constante en los regímenes democráticos (Raúl Alfonsín y Saúl Menen); pero también es cierto que las Leyes de Punto Final y Obediencia Debida ya fueron superadas por la magistratura democrática (incluido un fallo de la misma Corte Suprema), primero, y expulsadas del ordenamiento jurídico por el Congreso, después (2003); que, a la fecha, los esfuerzos de la justicia se traducen en la apertura de 1004 causas por delitos de lesa humanidad, en la existencia de 1406 militares y policías procesados, en mandatos de detención ejecutados en contra de 207 miembros de las fuerzas de seguridad, y en la declaración de prófugos respecto a 44 represores; y, finalmente, que la propia Corte Suprema ha declarado la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad. Además, debe tenerse en cuenta los procesos seguidos contra los represores en España (uno de los cuales finalizó con la condena a Adolfo Scilingo a 640 años de prisión), Italia, Alemania y Francia (donde se condenó en ausencia a Alfredo Astiz a cadena perpetua).

En la Argentina de hoy, diversos son los problemas procesales que enfrenta la justicia. Junto a la lentitud en la tramitación de las causas (la mayoría se encuentra en etapa de instrucción), destaca sin duda alguna el de la vigencia de los indultos presidenciales otorgados a violadores de derechos humanos. Debe recordarse que, en virtud de los indultos, decretos 1002, 1004 y 1005/89, fueron perdonados 212 militares procesados ante la Justicia Federal por homicidios, privaciones ilegales de libertad, tormentos, violaciones, destrucción y falsificación de documentos, y otros delitos, en una treintena de causas (entre ellos, Galtieri, Nicolaides, Harguindeguy, Riveros y Menéndez); y que, a través de los decretos 2741 y 2746/90, fue dejado en libertad otro importante contingente de represores (entre ellos, los militares condenados en el Juicio a las Juntas: Videla, Massera, Agosti, Viola, Lambruschini, así como Camps y Suárez Mason).

En este tema, felizmente, también se registra avances. Fallos de la justicia, tanto de primera como de segunda instancia, han optado por la declaración de inconstitucionalidad de los decretos de indulto. El magistrado Rodolfo Canicoba Corral, quien fue el primero en emitir una resolución en ese sentido (causa del I Cuerpo de Ejército, fallo de marzo de 2004, confirmado después por la Sala I de la Cámara Federal), ha fundamentado su decisión señalando que resulta contrario a la Ley fundamental el decreto que pretende la extinción de los enjuiciamientos pendientes por graves violaciones a los derechos humanos, que renuncia a la verdad, a la comprobación de los hechos, a la identificación de sus autores y se orienta a frustrar definitivamente el derecho a una investigación judicial imparcial y exhaustiva. Posteriormente, también han declarado la inconstitucionalidad de los decretos de indultos, entre otros, los magistrados Sergio Torres (causa ESMA, fallo de marzo de 2005) y Omar Digerónimo (causa contra el general Díaz Bessone), al tiempo que la Cámara Federal de Córdoba ha ratificado resolución similar pronunciada en un proceso seguido contra Luciano Benjamín Menéndez.

En la Argentina de hoy se discute cuál es el camino a seguir para acabar definitivamente con el tema de los indultos, si a través de la aprobación de una Ley o vía un fallo de la Corte Suprema. En cuanto a lo primero, ya el presidente Kirchner ha declarado que debe ser la Justicia la que anule los indultos, y un proyecto de Ley sobre la materia se encuentra entrampado en la Cámara de Diputados; y en lo que atañe a la actuación de la magistratura, resulta que por lo menos 4 causas con fallos de inconstitucionalidad (de un total de 10) se encuentran ante la Cámara de Casación, la que debe emitir pronunciamiento y enviar los expedientes a la Corte Suprema, para la decisión final.

Así pues, a 30 años de la dictadura, la memoria no olvida y la justicia avanza. Aun cuando lo andado no sea suficiente. En Argentina, como en toda otra parte del globo, no habrá olvido ni perdón para los represores, y la reconciliación sólo será posible después de la justicia.
(Sofía García Carpio en Justicia Viva)

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