viernes, 18 de mayo de 2012

De Nuremberg a la Corte Penal Internacional




Lima, 24 de noviembre del 2005
Hace exactamente 60 años, en la ciudad alemana de Nuremberg, se celebró el primer juicio a 21 ex jerarcas nazis bajo los cargos de crímenes contra la paz (planificación, inicio y desarrollo de la guerra),crímenes de guerra (violaciones de las leyes de la guerra, contenidas en la Convención de Viena y reconocidas por los ejércitos de las naciones civilizadas), y crímenes contra la humanidad. El tribunal encontró responsabilidad en 19 de ellos, rechazando sus alegaciones en el sentido que sus conductas no estaban definidas con antelación como crímenes en Derecho Internacional, o que habían procedido obedeciendo órdenes superiores.

Por cierto, Nuremberg no fue la primera propuesta de creación de un tribunal internacional -pues ya en 1872 Gustave Moynier, presidente del Comité Internacional de la Cruz Roja, recordando los horrores de la guerra franco-prusiana, había vislumbrado la creación de un tribunal penal internacional-, pero sí el primer tribunal en funciones. Además, el primer tribunal internacional en juzgar a individuos por delitos de lesa humanidad en conflicto armado.

Con el tiempo, el Estatuto de Nuremberg y la propia sentencia dictada por el tribunal militar internacional iluminaron el desarrollo del Derecho Internacional: hoy en día, inclusive, los crímenes de lesa humanidad no sólo son pasibles de juzgamiento cuando se cometen durante un conflicto armado, sino también si se perpetran en tiempos de paz; sirvieron de antecedente y guía para la creación de otros tribunales, avocados cada uno de ellos a un caso especial y específico, con competencia en la misma materia, lugar, persona y tiempo: así vieron la luz, los tribunales Ad Hoc para el territorio de la ex Yugoslavia,  Ruanda y Sierra Leona; y alentaron la cristalización de una Corte Penal Internacional (CPI): su Estatuto, dictado en Roma, entró en vigor el 1 de julio de 2002.

Es difícil pensar en la Corte Penal Internacional sin relacionarla inmediatamente a Nuremberg. Lo que en Nuremberg se inició, la Corte ahora lo continúa y desarrolla. Esta es una institución judicial, de carácter permanente, que ejerce competencia universal y que juzgará a las personas por la comisión de graves ilícitos establecidos en el Estatuto (genocidio, crímenes contra la humanidad y crímenes de guerra). Por supuesto, la Corte representa un avance en el largo camino por garantizar el respeto a los derechos fundamentales de las personas, de los pueblos y de las minorías; y actúa, como no podía ser de otro modo, con total observancia de las reglas del debido proceso.

Igualmente, cómo no recordar Nuremberg cuando vemos los afanes de jueces, juristas y activistas de derechos humanos sosteniendo el principio de jurisdicción universal para perseguir a los autores de crímenes contra la humanidad. Estuvo presente en la decisión del juez Garzón, de iniciar proceso a los militares argentinos culpables de un sinnúmero de desapariciones forzadas, asesinatos y torturas; y en la Cámara de los Lores cuando se decidía la suerte de Augusto Pinochet. El espíritu de Nuremberg, por cierto, está detrás de la reciente orden de detención contra el ex dictador de Chad, Hissene Habré, y acompañará el destino de su extradición a Bélgica. También Nuremberg acompañó a la Audiencia Nacional española cuando escribió para la historia esa sentencia ejemplar que hundió a Scilingo.

Lamentablemente, hoy en día, en estos momentos, a pesar de los instrumentos jurídicos elaborados para impedir y sancionar las violaciones a los derechos humanos, los crímenes de guerra y de lesa humanidad, éstos continúan perpetrándose (Guantánamo, Abu Ghraib) y, en no pocos casos, quedan cubiertos con la impunidad que concede el poder sin límites. Quienes así proceden van contra el espíritu de Nuremberg, que alguna vez alentaron.

(Sofía García Carpio)

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